FAQ

Los envases producidos antes de la entrada en vigor de la obligación de etiquetado medioambiental pero comercializados póstumamente, así como las existencias en almacén, ¿deben ser adecuados o están excluidos de la obligación? ¿Se pueden vender acciones e inventarios dentro de un período determinado?

El 21 de mayo de 2021, la ley de conversión n. 69, del decreto ley 22 de marzo de 2021 n. 41, llamado DL Sostegni.

Los cambios realizados en el proceso de conversión del decreto también incluyen la suspensión de la obligación de etiquetado medioambiental de los envases hasta el 31 de diciembre de 2021 , así como la posibilidad de que los operadores del sector comercializar productos sin los nuevos requisitos de etiquetado medioambiental ya comercializados o ya etiquetados hasta agotar existencias .

Última modificación el 14/12/2021

Quién, qué y cuándo