FAQ

¿Cuándo entra en vigor la obligación de etiquetado?

El 21 de mayo de 2021, la ley de conversión n. 69, del decreto ley 22 de marzo de 2021 n. 41, llamado DL Sostegni.

Los cambios realizados en el proceso de conversión del decreto también incluyen la suspensión de la obligación de etiquetado ambiental de los envases hasta el 31 de diciembre de 2021, así como la posibilidad de que los operadores del sector comercialicen productos sin los nuevos requisitos de etiquetado ambiental. o ya etiquetado hasta agotar existencias.

En particular, se añade el párrafo 1-ter al artículo 39 del decreto, que establece que «Hasta el 31 de diciembre de 2021, la aplicación del artículo 219, párrafo 5, del decreto legislativo del 3 de abril de 2006, n. 152. Los productos sin los requisitos allí prescritos y ya comercializados o etiquetados el 1 de enero de 2022 pueden comercializarse hasta agotar existencias.«.

Por tanto, para todos los envases, la suspensión de la obligación de etiquetado (la obligación de identificar los materiales de envasado según la Decisión 129/97/CE, y de indicar la correcta gestión al final de la vida de los envases destinados al consumidor final), se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021. Además, las empresas del sector tendrán la oportunidad de comercializar productos sin requisitos de etiquetado ambiental que ya estén en el mercado o que ya estén etiquetados a partir del 1 de enero de 2022, hasta agotar existencias.


Entrada en vigor de la obligación: la cronología de las medidas

Tras la entrada en vigor de la obligación de etiquetado ambiental para envases el 26 de septiembre de 2020, Confindustria y muchas otras Asociaciones propusieron urgentemente un régimen transitorio de dieciocho meses que permitiría a los fabricantes y usuarios de envases adaptar sus procesos de producción y gestión a las nuevas obligaciones. establecido por la ley. Esta necesidad también se informó en la Directriz de Etiquetado Ambiental de CONAI.

El 31 de diciembre de 2020, el decreto ley de 3 de diciembre de 2020, n. 183, denominado “ Milleproroghe 2021«, Cuyo apartado 6 del artículo 15, había previsto la suspensión, hasta el 31 de diciembre de 2021, de la obligación única de colocar en los envases destinados al canal B2C las indicaciones para la correcta disposición en recogida selectiva de residuos, mientras que la suspensión no fuera previsto de la obligación de colocar en el embalaje el código de identificación alfanumérico del material según la Decisión 129/97/CE (ya en vigor desde el 26 de septiembre de 2020).

Las empresas y asociaciones del sector, junto con CONAI, reiteraron de inmediato la necesidad de la suspensión de la obligación de etiquetado total, ya que el tema de las existencias en almacén era muy relevante para las empresas, tanto en lo económico, tanto en lo ambiental, como en el grandes cantidades de envases obsoletos, por no cumplir con la norma, no podrían haber sido comercializados.

La respuesta de las instituciones llegó con la publicación en el Diario Oficial el 21 de mayo de 2021 de la ley de conversión núm. 69, del decreto ley 22 de marzo de 2021 n. 41, llamado DL Sostegni.


Última modificación el 14/12/2021

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