De conformidad con el artículo 261, apartado 3, quien comercialice envases que no cumplan los requisitos de etiquetado será sancionado con una multa administrativa de entre cinco mil euros y veinticinco mil euros.
Última modificación el 26/05/2025
De conformidad con el artículo 261, apartado 3, quien comercialice envases que no cumplan los requisitos de etiquetado será sancionado con una multa administrativa de entre cinco mil euros y veinticinco mil euros.
Última modificación el 26/05/2025