FAQ

¿Es posible, con arreglo a la legislación vigente, crear un logotipo propio de «de origen vegetal» para aplicarlo a las etiquetas, o es obligatorio estar certificado por algún organismo para obtener «de origen vegetal»? ¿Hay que cumplir algún criterio?

En general, según las disposiciones de la nueva Directiva 2024/825/UE, cualquier logotipo/marca de sostenibilidad debe basarse en un «sistema de certificación».

Para poder utilizarlas, las marcas deben basarse en un sistema de certificación que debe cumplir estas cuatro condiciones:

  • el sistema, en condiciones transparentes, equitativas y no discriminatorias, está abierto a todos los operadores económicos que quieran y puedan cumplir sus requisitos;
  • Los requisitos del sistema son elaborados por el propietario del sistema en consulta con los expertos y las partes interesadas pertinentes;
  • el sistema establece procedimientos para tratar los casos de incumplimiento de los requisitos del sistema y prevé la retirada o suspensión del uso de la etiqueta de sostenibilidad por parte del operador económico en caso de incumplimiento de los requisitos del sistema; y
  • el control del cumplimiento de los requisitos del sistema por parte del operador económico esté sujeto a un procedimiento objetivo y lo lleve a cabo un tercero cuya competencia e independencia tanto del propietario del sistema como del operador económico se basen en normas y procedimientos internacionales, de la Unión o nacionales.

Última modificación el 10/01/2025

Quién, qué y cuándo